Ir a todas las ofertas de empleo

Política de Reclutamiento y contratación de personal

CONCEPTO Y CATEGORÍAS:

 

Se entiende por personal expatriado al trabajador o la trabajadora adscrito/a por sus funciones y remuneración a un proyecto de cooperación o acción humanitaria en países fuera de la UE.

El/la trabajador/a tendrá la categoría de:

·        Técnico/a para una actividad aislada (contratado /a directamente por SIA o mediante contrato de prestación de servicios),

·        Coordinador/a de un proyecto determinado y con las responsabilidad es inherentes a este; o

·        Delegado/a de la ONGD en el país de que se trate, en función de que su legislación admita o no dicha figura.

La organización se asegurará de la no discriminación por razón de etnia, nacionalidad, cultura lengua, religión o creencias, edad, capacidad funcional, orientación sexual, identidad de género y cualquier otra circunstancia, a la hora de la selección para la contratación del personal.

2.- OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO

2. a.- Para técnicos /as de proyecto.

  • Apoyar la ejecución en terreno de las
  • actividades asignadas dentro de un proyecto/s determinado/s.
  • Transmitir sus conocimientos a los socios locales de SIA u otros actores que participen en el proyecto.
  • Asesorar, desde sus capacidades técnicas y según la temática de que se trate, los procesos de identificación, seguimiento  y evaluación llevados a cabo por coordinadores/s y/o delegados/as de SIA     en el país.

2. b.- Para coordinadores /as de proyecto.

  • En conjunto con el /la coordinador /a local,  garantizar la buena gestión y desarrollo del proyecto y sus recursos  humanos y materiales.
  • Promover y mantener la coherencia entre las actividades e impacto del proyecto en determinada zona y la política de la organización.
  • Representar institucionalmente a SIA y sus intervenciones en su zona de trabajo, así como apoyar al socio local en  sus relaciones con los socios de carácter estratégico.
  • Identificar nuevos socios locales,  estratégicos y acciones de cooperación y /o acción humanitaria.
  • Apoyar puntualmente el trabajo de la  organización en el país y /o a su personal cuando el caso lo requiera.

 

2. c.- Para delegados /as de SIA

  • Representar a SIA y a sus acciones en ejecución en foros, plataformas y ante autoridades gubernamentales y otras instituciones presentes en el país.
  • Monitorear y mantener la coherencia entre las  actividades e impacto de los proyectos en el país y la política de la organización, según la planificación estratégica realizada para el país en     cuestión.
  • Coordinar la colaboración con los socios   locales y estratégicos de SIA en el país, la actuación de técnicos/as y/o coordinadores/as y la correcta aplicación de los diversos documentos y     herramientas de identificación, seguimiento y evaluación de acciones,  personal y socios de la ONGD.
  • Mantener una continua comunicación con la sede de SIA y canalizar toda la información procedente del resto del personal, socios locales o estratégicos y la institucionalidad del país.
  • Establecer la institucionalidad de SIA en el país, cumpliendo los requisitos legales y administrativos correspondientes.

 

2. d. Colaboradores de SIA

Los colaboradores externos (sobre todo en identificaciones CEI), son técnicos/as de diferentes especialidades con conocimientos específicos de cooperación al desarrollo y/o acción humanitaria que, de forma voluntaria o remunerada, realizan una labor de identificación de proyectos con el objetivo de iniciar una relación de trabajo en los nuevos países donde identifiquen y/o con nuevos socios locales.

 

La identificación de los proyectos se realiza con el objetivo de ser presentados a los financiadores desde la Asociación, que será la encargada de establecer los acuerdos pertinentes con los intervinientes (socios locales, financiadores, personal del proyecto).

 

Se podrán establecer dos tipos de contraprestaciones con los CEI. Una, la posibilidad de contratación como personal expatriado del proyecto identificado, en caso de su ejecución; otra, el pago de honorarios establecidos previamente por el trabajo realizado en caso de aprobación del proyecto.

3.- RESPONSABILIDADES

3. a. Técnicos /as de proyecto:

  • Ejecutar su trabajo de forma coordinada con el personal técnico local e informar del mismo a los/as coordinadores/as  local y expatriado/a del proyecto.
  • Elaborar un informe de actividades con una periodicidad mensual y hacerlo llegar al personal de SIA en el país (coordinador/a o delegado/a); en caso de no haber otro personal expatriado, dirigir dichos informes a la sede.
  • Participar en las reuniones técnicas que se le indiquen y en la elaboración de los informes para el financiador, dentro de su esfera de conocimientos.
  • Mantener, en su horario de trabajo y fuera del mismo (sobre todo si su destino es una comunidad o ciudad pequeña) una conducta apropiada y no perjudicial para la imagen de la ONGD, según el Código de conducta y ética de SIA.

 

3. b. Coordinadores /as de proyecto:

  • Participar en la planificación técnica y económica de las actividades del proyecto con el socio local (POG y POA), así como en la selección de personal para el mismo.
  • Colaborar en la elaboración de términos de referencia para asesorías técnicas o evaluaciones del proyecto.
  • Establecer o apoyar las relaciones con otros  actores cuya colaboración sea importante para la buena marcha del proyecto.
  • Elaborar y firmar convenios de ejecución o colaboración, si no hay delegado/a que pueda hacerlo.
  • Participar en las reuniones técnicas o  institucionales que se le indiquen y elaborar los informes periódicos para el financiador del proyecto. En ningún caso podrá limitarse a transcribir o  reenviar la información del socio local, sino que deberá redactar  personalmente el informe, de manera que este sea claro, contenga la información pertinente según los requerimientos del financiador y vaya acompañado de los anexos y fuentes de verificación correspondientes. De  todo lo cual deberá responsabilizarse, así como del cumplimiento de los  plazos marcados para su envío a la sede.
  • Elaborar un informe de actividades, con una  periodicidad mensual y hacerlo llegar al/la delegado/a de SIA en el país;  en caso de no haberlo/a, dirigirá dichos informes a la sede.
  • Apoyar y acompañar la formación y coordinación de los grupos de voluntariado y cualquier otra visita a su/s proyecto/s.
  • Valorar y llegado el caso, evaluar el trabajo con el socio local.
  • Participar en (o elaborar si no hubiese  delegado/a) la planificación estratégica de SIA (Planes País) y en la identificación de nuevos socios locales, estratégicos, programas o proyectos. Al igual que los informes, la formulación de las propuestas correrá a     cargo del/la coordinador/a, en colaboración con la sede.
  • Realizar las gestiones pertinentes para  institucionalizar la presencia de SIA en el país, si la legislación local lo permite.
  • Adquirir, seleccionar y contratar, si es el caso y no existe un/a delegado/a, equipos, servicios y personal local adscritos a la presencia institucional de SIA en el país.
  • Mantener, en su horario de trabajo y fuera del     mismo (sobre todo si su destino es una comunidad o ciudad pequeña) una     conducta apropiada y no perjudicial para la imagen de la ONGD, según el     Código de conducta y ética de SIA.

 

3. c. Delegados /as de SIA:

  • Establecer o apoyar las relaciones con otros actores, tanto a favor de SIA como de sus socios locales, con un enfoque  de facilitar la unificación de las capacidades existentes.
  • Elaborar y firmar convenios de ejecución o colaboración.
  • Elaborar la planificación estratégica de SIA en el país y encargarse de su seguimiento.
  • Colaborar en la elaboración de términos de referencia para asesorías técnicas o evaluaciones de los proyectos y/o de la estrategia de SIA en el país.
  • Identificar nuevos socios, programas o proyectos según formatos adjuntos y ocuparse de mantener una apropiada cartera de propuestas. La formulación correrá a su cargo, en colaboración     con la sede.
  • Apoyar el trabajo del resto del personal expatriado y su relación con los socios locales, visitando periódicamente  los proyectos en ejecución.
  • Valorar y llegado el caso, evaluar el trabajo  con los socios locales.
  • Facilitar la legalización del resto del personal expatriado.
  • Velar por el correcto cumplimiento de las  responsabilidades del resto del personal expatriado.
  • Elaborar un informe de actividades con una  periodicidad mínima trimestral y hacerlo llegar a la sede. El informe, con los contenidos antes mencionados, unificará y comentará los del resto del  personal si los hubiere.
  • Adquirir, seleccionar y contratar, si es el caso, equipos, servicios y personal local adscritos a la presencia institucional de SIA en el país.
  • Mantener al día la contabilidad y los  requerimientos legales necesarios de la delegación.
  • Apoyar y acompañar la formación y coordinación de los grupos de voluntariado y cualquier otra visita a su/s proyecto/s.
  • Mantener, en su horario de trabajo y fuera del mismo (sobre todo si su destino es una comunidad o ciudad pequeña) una conducta apropiada y no perjudicial para la imagen de la ONGD, según el Código de conducta y ética de SIA.

3. d. Colaboradores de SIA

  • Proponer  a las áreas de Cooperación y Acción Humanitaria, proyectos dentro de las líneas de actuación y fines de la Asociación. Dichas propuestas se realizarán utilizando el documento “perfil de identificación programa/proyecto”,  establecido en los protocolos de la entidad.
  • Participar  en la formulación definitiva de los proyectos, en línea con los requerimientos de los financiadores a los que se presentarán las propuestas.
  • Recopilar  documentación necesaria para aportar al proyecto, en forma de anexos exigibles o recomendables para el buen fin de la propuesta de cara a los financiadores.
  • Servir     de enlace entre la ONGD y los socios locales u otras  entidades participantes en el proyecto propuesto.

 

Notas sobre la relación de colaboración.

Los colaboradores establecen con la ONGD una relación basada en la confianza y la transparencia, que busca facilitar un bien a las personas identificadas como beneficiarias de los proyectos.

Al establecer relaciones con socios locales, actores en la zona y beneficiarios, los colaboradores ostentan una representación no formal de la ONGD, por lo que es importante que conozcan los fines fundacionales y la actividad que realizamos, para lo que será responsabilidad del coordinador asignado a la identificación, la realización de un briefing en el que se capacite al/la colaborador/a para poder ostentar dicha representación de forma adecuada y coherente.

El briefing servirá además para la planificación del trabajo a realizar, el establecimiento de plazos y líneas de base, así como acotaciones a las actuaciones de identificación.

Los gastos derivados de las identificaciones (transportes, alojamiento, dietas u otros) deberán ser presupuestados previamente a la realización de la actividad y autorizados por la dirección dela Asociación.

4.- NORMAS GENERALES:

La dejación de las responsabilidades mencionadas y/o el incumplimiento repetido de las normas que a continuación se detallan, darán lugar a las sanciones que SIA establezca y que pueden culminar con la terminación anticipada del contrato del/la expatriado/a.

Empleo de recursos de la ONGD en el país:

Personal local contratado expresamente por SIA, locales, vehículos y equipos adscritos a la coordinación o delegación de que se trate, son de exclusiva responsabilidad del personal expatriado, así como cualquier perjuicio o daño derivado de la errónea asignación de tareas al personal o del mal uso de locales o equipos durante su empleo como instrumentos de trabajo.

 

El uso personal de locales, vehículos o equipos fuera del punto de destino del/la expatriado/a deberá ser solicitado por escrito al/la delegado/a, o en su caso a la sede, con el compromiso expreso de asumir cualquier gasto derivado de su mantenimiento, daños o avería, así como del posible sobreprecio de los seguros contratados para el periodo subsiguiente.

 

Vacaciones (22 días laborables/año):

El personal expatriado comunicará siempre con una antelación mínima de dos semanas los días que vaya a tomar de su periodo vacacional, indicando si lo hará en España, en el país de destino oen un tercero, así como las fiestas laborales de carácter local en las que no vaya a encontrarse en su puesto de trabajo. Se recomienda cumplir la norma mediante los informes periódicos de actividad.

 

Desplazamientos interiores:

Cuando el personal expatriado deba viajar fuera de su punto de destino habitual por periodos de tiempo más largos por razones de trabajo (reuniones, misiones de identificación u otras) deberá comunicarlo, respectivamente, a la delegación o a la sede.

 

Comunicaciones con la delegación y /o la sede de SIA:

Cualquier comunicación escrita o consulta telefónica al personal expatriado desde la sede o por parte de un/a delegado/a, relacionada con Cooperación, Acción Humanitaria, Educación para el Desarrollo, Acción Social, Sensibilización o Voluntariado, deberá ser respondida a la mayor brevedad posible salvo imponderables de tipo técnico.

 

El hecho de que una consulta por parte de cualquier compañero/a de la sede deba ser derivada a la persona responsable de/la expatriado/a en la sede o en la delegación debido a la falta de respuesta de este/a, se considerará un incumplimiento grave. De igual forma, ningún miembro del personal expatriado, salvo que se encuentre de vacaciones oen una zona alejada y sin cobertura por motivos de trabajo, podrá estar más de24 horas fuera del alcance de la comunicación telefónica o electrónica.

 

Situaciones de emergencia:

Deberá respetar en todo momento las indicaciones del MAEC en cuestiones de seguridad y según el Código de conducta de SIA. En todo caso, ante desastres naturales, conflictos, robos, etc., se procederá siempre con cuidado de no exponer la propia integridad, ni la de personas o bienes de la ONGD, según el Protocolo de Seguridad de SIA.

 

Código de conducta y ética:

Los trabajadores o colaboradores no podrán verse envueltos en situaciones de acoso, abuso de menores, falta de ética profesional, actividades terroristas, etc. Las medidas sancionadoras serán las establecidas en el Código de Conducta y Ética de SIA.

Usamos cookies para optimizar el uso de la experiencia de su navegador. Al navegar por este sitio web, acepta nuestras Política de cookies.